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Personas Jurídicas

Para acceder a la asesoría su objeto deberá estar encaminado a beneficiar directamente a la sociedad, es decir, tener un fin social que contribuya con el bienestar de la comunidad. 

Documentos requeridos:

  • Certificado de existencia y representación legal expedido dentro de los dos meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Archivo de nómina y estados financieros del año inmediatamente anterior.
Personas Naturales

Deben pertenecer a los estratos 1 y 2.

La incapacidad de pago deberá ser acreditada por medio de la remisión de un recibo de servicio público de su lugar actual de residencia.

Formularios

Persona Natural

Persona Jurídica

Cartillas para resolver dudas sobre Covid-19

Arrendamiento

Derecho penal

Impuestos organizaciones sociales

Protección de datos

Servicios públicos

Asesoría a empleadores del sector social

Asuntos societarios

Medio Ambiente

Sector financiero, créditos y seguros

Derechos del consumidor

Familia

Migrantes

Seguros

Derechos del trabajador

Impuestos persona natural

Protección al adulto mayor

Subsidios

Charlas virtuales sobre asuntos legales frente al Covid-19

Medidas laborales tomadas frente al COVID 19 - Especial para ESAL
¿Qué hacer frente a los casos de violencia intrafamiliar durante la cuarentena?
Charla: Propiedad horizontal y arrendamiento en época de Covid19
Charla: Contratación Pública para ESAL en época de Covid-19
Charla: Ejecución de contratos laborales COVID 19
Charla: Asuntos corporativos en tiempos de COVID 19
Charla: II Asuntos laborales en época de COVID 19
Cómo hacer reuniones no presenciales durante la Cuarentena - Especial para ESAL
Alimentos, custodia y visitas durante aislamiento obligatorio
Charla Virtual Derechos del Consumidor en época de COVID 19
Charla Virtual Novedades corporativas en época de COVID 19
Charla Virtual oportunidades y cumplimiento tributario para ESAL en época de COVID 19
Charla: I Asuntos laborales en época de COVID 19
Charla: Recomendaciones para acceder al beneficio del PAEF y del PAP
Charla: Parámetros de bioseguridad ante COVID 19
Medidas Tributarias Tomadas Frente al COVID 19 para ESAL

Consulte aquí las últimas resoluciones y decretos

Arrendamiento
Asesoría a empleadores del sector social
  • Memorando 08SE20207417001000008676 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Trabajo (27 de marzo de 2020): En respuesta a una consulta el Ministerio del Trabajo aclaró que no corresponde a esa entidad definir la existencia o no de la fuerza mayor, pues ello lleva consigo la valoración particular de las condiciones de la empresa, el desarrollo de su objeto social y el impacto del COVID-19, valoraciones que son de la órbita exclusiva de los Jueces de la República. En ese sentido, el Ministerio del Trabajo recordó que de conformidad con el Manual del Inspector del Trabajo y Seguridad Social “El Inspector de Trabajo y Seguridad Social deberá verificar las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito en los casos previstos en la ley. En el acta que se levante de la diligencia, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social se limitará a describir lo que observe sobre los hechos objeto de la comprobación y a dejar las constancias que considere procedentes”.
  • Resolución 0803 de 2020 del Ministerio del Trabajo (19 de marzo de 2020): Por medio de la cual el Ministerio del Trabajo informa que hará uso del poder preferente para evaluar las solicitudes de autorización de despidos colectivos o suspensión temporal de actividades hasta por 120 días, a raíz de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19.
  • Circular 018 de 2020: Por medio de la cual el Ministerio de salud y el Ministerio del Trabajo fijan medidas de prevención y control de forma conjunta.
  • Circular 021 de 2020 del Ministerio del Trabajo: dicta medidas de protección al empleo con  ocasión  de  la  fase  de  contención  del  COVID-19  y  de  la  declaración  de emergencia  sanitaria.  Se  explican  mecanismos  jurídicos  en  materia  laboral que pueden ser adoptados en el sector privado frente a esta emergencia.
  • Circular 022 de 2020 del Ministerio del Trabajo: comparte información acerca de  la  fiscalización  laboral  rigurosa  respecto  a  las  decisiones  laborales  de empleadores durante la emergencia sanitaria. Emitida el 19 de marzo de 2020.
  • Circular Externa No. 026 del Ministerio del Trabajo (27 de marzo de 2020): por medio de la cual estableció lineamientos acerca de capacitación, prevención y elementos de protección para el personal de servicios de domicilios relacionado con Covid-19. La circular va dirigida a entidades administradoras de riesgos laborales (ARL), empleadores, contratantes, plataformas digitales, trabajadores dependientes, trabajadores independientes, contratistas y personas que prestan el servicio de domicilios y entrega de bienes o mercancías.
  • Circular Externa No. 027 del Ministerio del Trabajo (29 de marzo de 2020): donde se establecen lineamientos acerca de la prohibición de los empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencia no remunerada. Lo anterior significa que funcionarios de la Inspección de Vigilancia y Control (IVC), están facultados para imponer sanciones para quienes incumplan las normas laborales.
  • Circular Externa No. 029 del Ministerio del Trabajo (03 de abril de 2020): por medio del cual  establece que será responsabilidad de las entidades empleadoras suministrar a los trabajadores los EPP necesarios.
  • Decreto 457 de 2020: decreto por medio del cual se impone la medida de aislamiento preventivo obligatorio y se definen los sectores exentos de la medida.
  • Decreto 1074 de 2015 (Capítulos 25 y 26). Se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012 y se crea el Registro Nacional de Bases de Datos (“RNBD”).
  • Ley 1221 de 2008: señala que existen tres tipos de teletrabajadores: autónomos, móviles y suplementarios. Adicionalmente, enuncia los requisitos.
  • Ley 1581 de 2012. Norma que establece el régimen general de protección de datos en Colombia.
  • Artículo 158 y subsiguientes del Código Sustantivo del Trabajo: que regulan la jornada ordinaria y las jornadas laborales especiales.
  • Artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo: Artículo 51 que regula la suspensión de los contratos de trabajo.
Consumidor
Derechos del trabajador
Derecho penal

Decreto 546 de del 14 de abril de 2020: Por medio del cual se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Decreto 531 del 8 de abril de 2020: Por medio del cual se establece instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público.

Decreto 531 del 8 de abril de 2020 artículo tercero: Por medio del cual se establecen las garantías para la medida de aislamiento preventivo obligatorio.

Ley 599 del 2000 artículo 368: Por medio del cual se establece el supuesto en el cual se da lugar a la violación de medidas sanitarias: “El que viole medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”.

Ley 906 de 2004 artículo 301: Por medio del cual se establece la definición de captura en flagrancia como aquel hecho que se da de manera “sorprendida/individualizada y capturada durante la presunta comisión del ilícito o momentos después”

Constitución política de 1991 artículo 28: por medio del cual se establece que “Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.”

Ley 906 de 2004 artículos 302 y 303: Por medio del cuales se establece el procedimiento en caso de flagrancia y los derechos del capturado respectivamente.

Constitución política de Colombia de 1991 artículo 30: Por medio del cual establece “Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis horas.”

Dudas corporativas para empresas y ESAL
  • Decreto 398 del 13 de marzo de 2020: Por el cual se adiciona el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, para reglamentar parcialmente el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, en lo referente al desarrollo de las reuniones no presenciales de las juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas, y se dictan otras disposiciones
  • Ley 222 del 20 de diciembre de 1995: Por la cual se modifica el Libro II del Código de Comercio, se expide un nuevo régimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 019 del 10 de enero de 2012: Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
  • Código de Comercio, código que regula las relaciones comerciales en el país.
  • Superintendencia de Sociedades. Concepto 220-178679 del 27 de diciembre de 2019 sobre grabaciones en reuniones de junta directiva.
  • Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008. Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada.
Familia
Impuestos organizaciones sociales
Impuestos persona natural
Medio Ambiente
Migrantes
Protección al adulto mayor
Sector financiero
  1. Circular Externa 007 de 2020: se dictan instrucciones prudenciales para mitigar los efectos derivados de la situación de emergencia sanitaria.
  2. Circular Externa 008 de 2020: se dictan medidas orientadas a mantener la atención al público durante la situación de emergencia sanitaria.
  3. Circular Externa 014 de 2020: se establecen los elementos mínimos de modificaciones a las condiciones de los créditos.
  • Decreto 493 de 2020 del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio Por el cual se adicionan los Decretos 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, y 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con la adopción de disposiciones transitorias en materia de causales de terminación anticipada de la cobertura de tasa de interés otorgada a deudores de crédito de vivienda y locatarios en operaciones de leasing habitacional»
  • Decreto 468 de 2020: por medio del cual se solicita a la Financiera Desarrollo Territorial S.A. -FINDETER- y al Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. -Bancoldex- la implementación de líneas de crédito directo para la financiación de proyectos y actividades que permitan mitigar los efectos del COVID-19.
  • Decreto 492 de 2020: por medio del cual se fortalece el Fondo Nacional de Garantías con el fin de otorgar nuevas líneas de crédito.
  • Artículo 1045 del Código de Comercio. Menciona cuales son los elementos esenciales del contrato de seguro, entre los cuales está la prima o precio del seguro. Por lo anterior, si no se paga dicho precio, no se cumpliría con uno de los elementos esenciales del seguro.
  • Artículo 1068 del Código de Comercio. La mora (retardo) en el pago de la prima de la póliza producirá la terminación automática de la póliza.
Servicios públicos
  • Decreto 517 del 4 de abril de 2020 – Ministerio de Minas y Energía: «Por el cual se dictan disposiciones en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020» –
  • Decreto 441 de 2020 – Presidencia de la República: Mediante este decreto se da la reinstalación y/o reconexión inmediata del servIcIo de acueducto a los suscriptores residenciales suspendidos y/o cortados y se ordena la suspensión temporal de los incrementos tarifaríos de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.” – 
  •  Decreto 464 de 2020 – Presidencia de la República: Se declaran que los servicios de telecomunicaciones son escenciales incluidos los servicios de radiodifusión sonora, los de televisión y los servicios postales,servicios públicos esenciales.” – 
Subsidios

El Trabajo de nuestros miembros en medio del Covid-19

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